Se utilizan estas normas para la justificación de una reforma de ley que nos lleva a un viaje ne le tiempo hacia los años 90 y las normativas penalizadoras y restrictivas de libertad.
Suena incluso gracioso que se mencione varias veces la dignidad de la mujer e incluso los derechos de la muejr embarazada, cuando estamos ante una ley que obliga a la no elección de las mujeres en su máxima expressión de libertad como es la posibilidad de engendrar a otro ser vivo.
En la ley por suerte, se indica en el artíulo 1.3 que la conducta de la mujer embarazada en ningún caso será punible... quedará por ver en futuras uevas legislaciones.
En la ley se indica un consulta llamada asesoramiento asistencial y información clínica, que la mujer debe obtener por parte de los médicos o medios asistenciales sanitarios y debe reflexionar sobre ello durante 7 dias. Se entiende que cualquier persona que deba pasar por ese "mal rato" ya ha tenido su tiempo de reflexión y no se le debería imponer algo que le ayude a modificar su voluntad libremente decidida.
Por último mencionaremos los "casos" en los que Gallardon permite interrumpir nuestro embarazo:
Así pues, dejamos en sus manos señor ministro la proliferación de nuestra especie, gracias a usted la sobrepoblación seguirá hacia adelante sin problemas, todo un éxito político y social.
Por suerte nuestra, en estos tiempos tenemos buenas ofertas en vuelos de compañías " low coast" para poder viajar a Londres.
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